Impuestos Digitales para personas físicas

Comadre

Por Fernanda Cantú
No cabe duda que en los últimos meses la manera de hacer negocios ha cambiado drásticamente migrando a un esquema de economía digital. Por este motivo, cobra mayor relevancia entender la aplicación y el alcance de los nuevos Impuestos Digitales.

A partir del pasado mes de junio entraron en vigor las reglas fiscales aplicables a las operaciones que se realicen a través de plataformas tecnológicas, sean páginas de internet o aplicaciones.

Impuestos Digitales para personas físicas

Por un lado, las reglas establecen que las plataformas digitales -sean nacionales o extranjeras- deberán pagar impuestos por la prestación de servicios en el país, situación que muchas plataformas al hacer transacciones “virtuales” no lo hacían. (por este motivo diversos servicios de streaming aumentaron sus precios en el último mes).

Por otro lado, las personas físicas que realizan operaciones a través de plataformas digitales deberán de pagar impuestos (ISR e IVA). Las operaciones que se deben de considerar son las siguientes:

  •  Venta de bienes;
  • Prestación de servicios (venta de cursos, capacitaciones, clases …); y
  • Prestación de servicios de transporte, entrega de bienes y hospedaje.

    Los impuestos se pagarán mediante la retención que realice la plataforma digital correspondiente, dicho impuesto dependerá del nivel de ingresos mensual que genere la persona física, así como de la actividad que realice. Por este motivo, es muy importante proporcionar a la plataforma digital la información fiscal que solicite, ya que de lo contrario se aplicará la tasa máxima de retención del 20%.

    Es importante tener en mente que las personas físicas que se encuentren en este supuesto, deberán dar aviso al SAT para actualizar su actividad económica y obligaciones fiscales.

    Asimismo, se deberán analizar las características generales de la persona física con objeto de definir si hay obligaciones fiscales adicionales que cumplir. Para estos efectos, hay que considerar los siguientes aspectos: i) el nivel de ingresos anual, ii) la existencia de otra fuente de ingreso, y iii) la obtención de pagos directamente del consumidor o usuario final de los bienes o servicios.

    Si bien los Impuestos Digitales son de nueva aplicación, el SAT estará al pendiente del cumplimiento adecuado de dichas reglas, por lo que es recomendable que las

personas que se encuentren en alguno de los supuestos mencionados, tomen análisis y acción para estar al día con el SAT.

Retax no solamente te ayuda con el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, te acompaña de la mano para darte la confianza y seguridad que necesitas.

Fernanda RETAX

Egresada de la licenciatura de Finanzas y Contaduría Pública por la Universidad Anáhuac y de la maestría en impuestos por la Universidad Panamericana.
Cuenta con más de 10 años de experiencia en el área fiscal trabajando en firmas de consultoría en donde ha participado en diversos proyecto de consultoría fiscal. Actualmente trabaja de manera independiente en Retax – Asesoría Fiscal y Servicios Contables – brindando servicios de asesoría fiscal y servicios contables para personas físicas, especialmente mujeres que trabajan de manera independiente.

Es apasionada de las cuentas claras, de la administración del tiempo y del empoderamiento femenino en la fuerza laboral.
Miembro del Colegio de Contadores Públicos de México

Servicios:

Asesoría fiscal Consultoría Impuestos Contabilidad

Contacto:

IG: @fernanda_retax

www.fernandaretax.com

Correo: fcantu@retax.com.mx

Celular: 55 51 05 38 38

También puede interesarte: Cambios en el marketing post coronavirus

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×